EMBAJADA DE

auténticas

información sobre auténticas

La Apostilla elimina la necesidad de legalización diplomática o consular de documentos públicos y privados entre los países miembros de la Convención de La Haya de 1961. Honduras se unió a esta convención el 30 de septiembre de 2004.

Desde entonces, los documentos hondureños destinados a países de la Convención y los documentos de esos países destinados a Honduras no requieren autenticación adicional en consulados. Se autentican en la «Sección de Auténticas y Apostillas» de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Adhesión de Canadá

A partir del 11 de enero de 2024, Canadá se convirtió en miembro de la Convención de La Haya. Los documentos canadienses podrán ser apostillados para su uso en los 124 países miembros, incluyendo Honduras. Esto significa que la mayoría de los documentos no requerirán apostilla de nuestra embajada para ser válidos en Honduras y Canadá.

Para más información, siga leyendo.

Antes de Programar tu Cita, Explora Detenidamente los Requisitos

requisitos

1) El documento original a autenticar debe estar debidamente reconocido con las autenticaciones y/o firmas previas exigidas en el país de origen, cuya tramitación es responsabilidad del interesado. (Preferentemente por los Ministerios de Asuntos Exteriores y en su defecto y según proceda por las autoridades provinciales, Cámaras de Comercio, Colegio de Abogados, Colegio de Médicos, etc.)

2) El documento debe ir acompañado de su respectiva traducción al español; si lo desea, puede solicitar la traducción en la Sección Consular de la Embajada de Honduras. Si lo hace traducir en el extranjero, deberá estar autenticado por la Orden de Traductores de la Provincia donde fue emitido el documento.

3) Adjunte una fotocopia del documento.

4) Si realiza el trámite por correo, debe adjuntar un sobre franqueado por correo certificado con su dirección. No se aceptan sobres por correo ordinario.

5) El pago debe realizarse mediante Money Order o Cheque Certificado en dólares americanos, a nombre de la Sección Consular de la Embajada de Honduras. No se aceptan cheques personales ni dinero en efectivo.

Los siguientes documentos están exentos del pago de tasas consulares:

1) Las presentadas por organismos públicos o privados extranjeros que envíen donaciones a favor de la República de Honduras o instituciones privadas voluntarias de interés público, sin fines de lucro, que se encuentren debidamente registradas en el país.


2) La documentación relativa a los estudios de los becarios hondureños.


3) A hondureños jubilados e indigentes RESIDENTES en el exterior, previa verificación de su situación.


VALOR: US$60.00